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Documentos necesarios para tramitar la ciudadanía en Italia

Todos tienen derecho a presentar su documentación para el reconocimiento de la ciudadanía italiana “ius sanguinis”, directamente y sin intermediarios.

Desde el gobierno italiano anunciaron la flexibilización de los requisitos para que extranjeros soliciten el documento

La ciudadanía italiana se basa en el principio del “ius sanguinis”, en virtud del cual es italiano el hijo nacido de padre italiano o madre italiana.

Por línea paterna: la ciudadanía se transmite de padre a hijo sin límites de generación.

Por línea materna: la transmisión de la ciudadanía es posible sólo para los hijos nacidos después del 1º de enero del 1948 (fecha de entrada en vigor de la Constitución italiana).
En ambos casos no se admiten saltos de generación.

El reconocimiento de la ciudadanía italiana está subordinado a la demostración, por parte del interesado, de que sus ascendentes en línea recta hayan mantenido la ciudadanía italiana sin interrupción.

Pueden presentar la solicitud del reconocimiento de la ciudadanía italiana en este Consulado General las personas que residen en los distritos de Capital Federal, Avellaneda, Baradero, Campana, Escobar, Exaltacion de la Cruz, General Rodriguez, General San Martin, Lujan, Marcos Paz, Merlo, Moreno, Pilar, José C. Paz, Malvinas Argentinas, San Andres de Giles, San Antonio de Areco, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Pedro, Tigre, Tres de Febrero, Vicente Lopez, Zarate.

Se necesita un periodo minimo de residencia de 12 meses.
La residencia se demuestra presentando los siguientes documentos:

  • Un documento valido con foto reconocible (DNI, Cedula del Mercosur o Passaporto).
  • Se tendrá que presentar una boleta reciente de un servicio (gas, electricidad, teléfono, etc.) a nombre del interesado

DOCUMENTOS  ORIGINALES A PRESENTAR

De quien da origen (ascendiente nacido en Italia):

  • Acta de nacimiento, original con indicación de paternidad y maternidad, con sello y firma del funcionario (En el caso que no se disponga del acta de nacimineto del italiano, se puede obtener un facsimil de carta para dirigir a la Comuna Italiana para hacer el pedido haciendo clic aquí);
  • Acta de matrimonio, si es casado en Argentina (si el familiar resulta casado en Italia y no se dispone de una copia del acta de matrimonio es necesario conocer por lo menos lugar y fecha del matrimonio);
  • Acta de defunción (si ha fallecido) o DNI válido;
  • Certificado de la Cámara Nacional Electoral: se trata de un certificado que atestigua si (y cuando) el ascendiente italiano adquirió la ciudadanía argentina.
    Es necesario que el certificado contenga todos los nombres en italiano y castellano (p. ej.: Giovanni Battista/ Juan Bautista) y las variaciones que el nombre y/o apellido hayan sufrido en el tiempo, que se deslumbran en las actas de estado civil (ej. Callegar/Calegari; Eristo/Evaristo).
    Si el Certificado resultara positivo, deberá contener la fecha de “juramento” o la fecha de “otorgamiento de la carta de ciudadania”.

En ausencia de dichos datos, será indispensable presentar la “sentencia de naturalización”, sin la cual por indicación del Ministerio del Interior, no será posible cursar el trámite de reconocimiento de la ciudadanía.
Estas sentencias pueden hallarse registradas en las siguientes entidades estatales locales:

  • Archivo General de Tribunales y/o Palacio de Tribunales;
  • Archivo del Ejército Argentino
  • Archivo del Estado Mayor Argentino

ATENCIÓN:

Es necesario que el certificado indique todos los nombres en italiano y español  (ej. Giovanni Battista/Juan Bautista) y las variaciones que el nombre y/o apellido hayan sufrido a lo largo del tiempo deducibles de las actas del registro civil(es.Callegar/Calegari; Eristo/Evaristo).

De cada uno de los descendientes en línea recta:

  • acta de nacimiento
  • acta de matrimonio (si es casado)

acta de defunción (si ha fallecido) o DNI válido

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